jueves, 5 de marzo de 2015

#Entérese Ejercito No Los Pueden Obligar a Irse con ellos





Un fuerte llamado de atención hizo la Corte Constitucional frente a los operativos de reclutamiento realizados por las Fuerzas Militares para comprobar y de ser el caso, inscribir, a las personas que tienen pendiente su situación militar.
El alto tribunal consideró que estas personas solamente pueden ser detenidas de “por un tiempo corto determinado” mientras se define su situación y se realizan los procesos de inscripción para las llamadas "jornadas especiales". 
Fuerzas Militares no pueden obligar a las personas a definir su situación militarLa Corte es clara en afirmar en su decisión que “este proceso no requiere ningún formalismo”, aclarando que está totalmente prohibido obligar a las personas a que resuelvan su situación de inmediato.
Igualmente se señala en la respuesta en el estudio de una demanda contra la Ley 48 de 1993, que reglamenta el servicio de reclutamiento y movilización, que no se pueden conducir a estas personas a centros de cuarteles o distritos, ni mucho menos su detención por largos periodos de tiempo por parte de las autoridades, las cuales no pueden someterlos a que se practiquen los exámenes para su ingreso a las Fuerzas Militares.
“No puede implicar la conducción del ciudadano a cuarteles o distritos militares y su retención por autoridades militares por largos periodos de tiempo, con el propósito no solo de obligarlo a inscribirse, sino de someterlo a exámenes y si resulta apto finalmente incorporarlo a filas”, dice la sentencia C-879 de 2011
El alto tribunal advierte que si la Ley se entendiera como una facultad para que las autoridades militares llevaran a los jóvenes a guarniciones militares, se incurriría en detenciones arbitrarias prohibidas por la Constitución.
Sin embargo, se aclara que cuando el ciudadano ya se inscribió y superó todas las pruebas de aptitud y el sorteo, y fue citado a concentración pero no se presentó, en este caso las autoridades sí pueden conducirlo para que cumpla con su obligación de prestar el servicio
militar.

Por: Sebastian Jaramillo
@SebasJaramillob